Juzgado de Policía Local
El Juzgado de Policía Local tendrá a su cargo la administración de la justicia, de acuerdo a lo estipulado en el Decreto 307 que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley 15.231, sobre organización y atribuciones de los Juzgados de Policía Local, y depende administrativamente de la Municipalidad y técnicamente del Poder Judicial.
Las principales funciones del Juzgado de Policía Local, sin perjuicio de les atribuyan leyes especiales son:
a) En primera instancia, de las faltas mencionadas en el Libro III del Código Penal que se cometan en la comuna, sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 45 N° 2 letra e) del Código Orgánico de los Tribunales;
b) Las infracciones de los preceptos que reglamenten el tránsito y transporte público;
c) Las infracciones a las Ordenanzas, y Reglamentos Municipales y Decretos Alcaldicios;
d) Las infracciones a leyes especiales tales como la de Rentas Municipales; Ley de Calificación Cinematográfica; Pavimentación, Alcoholes; Pesca y Caza; vigilantes Privados y,
e) Infracciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su ordenanza.
f) Cumplir las demás funciones que su jefatura le encomiende y que estén dentro del marco legal.

Georgina Orrego | Jueza de Policía Local
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